El derecho de los padres a elegir la educación en libertad:
El derecho a la educación tiene dos vertientes inseparables:
. Es un derecho-prestación, que legitima para recibir enseñanza (los poderes públicos han de asegurar su efectividad en condiciones de igualdad).
. Es un derecho-libertad, que obliga a respetar la diversidad de los ciudadanos y la libertad de los padres para elegir escuelas distintas a las creadas por los entes públicos.
Los hijos son hijos de sus padres, no del Estado.
* El artículo 27 de la Constitución Española reconoce la libertad de enseñanza.
Derecho a la educación y gratuidad (no existe dinero público, sino fondos procedentes de los impuestos que hacen realidad el derecho constitucional a la gratuidad).
Hay que superar esteotipos laicistas.
El pluralismo de la oferta educativa, indispensable en una democracia. La educación en libertad exige una oferta escolar plural. Variedad de modelos educativos.
Los centros públicos y privados son complementarios. La sociedad civil tiene un papel en la gestión de la educación.
La planificación de la educación no puede condicionar el derecho preferente de los padres a elegir centro educativo.
Para mejorar la calidad y la eficacia del sistema:
. Asegurar la libertad real de elegir centro y lograr que los padres se involucren en el proceso de formación de los hijos.
. Revalorizar la consideración social y económica de los profesores, y facilitar los medios para que alcancen un alto grado de excelencia, ética y profesional.
. Reforzar la autonomía de los centros educativos, tanto públicos como privados.
. Asegurar una educación personalizada que atienda a la diversidad de los alumnos.
El derecho a elegir en las normas internacionales:
. Declaración Universal de los Derechos Humanos (proclamada por la Asamblea General de la ONU: 10-XII-1948): artículo 26.
. Proyecto de Constitución Europea: art. II.74
. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU; en vigor desde 23-III-1976): art. 18.4
. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ONU; en vigor desde 03-I-1976): art. 13.
. Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las conviccciones (resolución ONU, en 25-XI-1981): art. 1.
. Convención sobre los Derechos del Niño (resolución ONU; en vigor desde 02-IX-1990): art. 29.
. Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (resolución ONU, de 18-XII-1992): art. 4.2
. Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (ONU; adoptada el 14-XII-1960): artículos 2 y 5.
. Declaración de derechos fundamentales de la Unión Europea (proclamada el 07-XII-2000): art. 14.
El proceso de Bolonia en el que nuestras universidades entran de lleno en estos días pone el énfasis en el estudiante como protagonista de su aprendizaje. Pero no hay que olvidar que la clave estará en los profesores. La importancia de los docentes se refuerza cuando la información está al alcance de cualquiera. Porque sólo quien ha madurado como profesor puede orientar el aprendizaje, hasta dominar, con capacidad crítica, materias, procedimientos y hábitos de trabajo. Sin una Universidad que favorezca la calidad de sus profesores, desde la formación y selección hasta su desempeño profesional, nada cabe esperar.
ESPAÑA es el segundo país europeo con mayor número de jóvenes que ni trabajan ni estudian (conocidos como «ni-nis»). La OCDE aconseja invertir más en educación.
Los extranjeros residentes en ESPAÑA suponen el 12,3% de la población, casi el doble que la cifra conjunta de la Unión Europea (6,4%).
España es, después de Alemania (con más de siete millones de extranjeros), el país de la UE que más residentes foráneos acoge, seguido del Reino Unido, Francia e Italia.
El idioma español avanza imparable, tal y como confirma un incremento del 12 por ciento registrado en el número de matriculas para aprender esta lengua en cualquiera de los centros que el Instituto Cervantes tiene repartidos por todo el mundo.
25 comentarios:
El inicio de este blog corresponde con el contenido de:
http://lacuestiondelaeducacion.blogspot.com
Reitero que
este blog, con razón, es más bien para bien que para tratar de participar.
ESPAÑA, 30 de octubre de 2009.
El autor,
"Los libros que leemos deberíamos elegirlos con gran cuidado pues pueden ser las medicinas del alma" (Oliver Wendell Holmes)
"El acoso escolar ha crecido un 30%" (en Madrid).
Los menores, atrapados en la Red: miles de adolescentes pasan del colegio a su habitación para sentarse ante el ordenador.
(Uno del Máximo)
-Habría que refundar ESPAÑA.
-¿Y cómo? ¿Cambiando la Constitución?
-No. Cambiando a los españoles.
El Psoe rechaza dar al Profesor la consideración de autoridad pública.
* "Las ciencias pueden aprenderse de memoria; la sabiduría no" (Lawrence Sterne)
* "La contraria fortuna hace prudentes a los hombres" (Mateo Alemán)
Em http://www.rae.es anuncian la publicación de tratado de nuestra lengua ("un mapa del ESPAÑOL") en tres versiones:
* "Nueva Gramática de la Lengua Española" (2 tomos): a la venta desde el próximo 4 de diciembre.
* "Manual" (volumen de 750 páginas).
* "Gramática básica" (volumen de 250 páginas): aparecerá a finales de 2010.
"La tecnología ha hecho que los niños pierdan la inocencia"
www.educared.org
"Educared" educa a profesores, padres y alumnos.
"La verdadera cruz de la enseñanza la llevan a cuestas todos los que tienen que ver con ella" (Ignacio Camacho)
(Uno del Mingote)
-Se trata de restablecer la autoridad del Profesor, el respeto a la venerable figura del Maestro.
-O sea lo que se llama la memoria histórica, por fin.
Informe del Defensor del Docente:
Internet y los padres, nuevos acosadores.
Los profesores denuncian que se sienten inseguros en las aulas. Pero no son los alumnos en clase su principal enemigo.
La mayor amenaza proviene ahora de las nuevas tecnologías (internet, móviles y redes sociales) y de los propios padres de los escolares.
Feijóo rebautiza las 477 "galescolas" como escuelas infantiles (dependientes de Educación y no de la anterior vicepresidencia sepatista).
“Le televisión y el ordenador, mejor fuera del dormitorio”.
El derecho de los padres a elegir la educación en libertad:
El derecho a la educación tiene dos vertientes inseparables:
. Es un derecho-prestación, que legitima para recibir enseñanza (los poderes públicos han de asegurar su efectividad en condiciones de igualdad).
. Es un derecho-libertad, que obliga a respetar la diversidad de los ciudadanos y la libertad de los padres para elegir escuelas distintas a las creadas por los entes públicos.
Los hijos son hijos de sus padres, no del Estado.
* El artículo 27 de la Constitución Española reconoce la libertad de enseñanza.
Derecho a la educación y gratuidad (no existe dinero público, sino fondos procedentes de los impuestos que hacen realidad el derecho constitucional a la gratuidad).
Hay que superar esteotipos laicistas.
El pluralismo de la oferta educativa, indispensable en una democracia. La educación en libertad exige una oferta escolar plural. Variedad de modelos educativos.
Los centros públicos y privados son complementarios. La sociedad civil tiene un papel en la gestión de la educación.
La planificación de la educación no puede condicionar el derecho preferente de los padres a elegir centro educativo.
Para mejorar la calidad y la eficacia del sistema:
. Asegurar la libertad real de elegir centro y lograr que los padres se involucren en el proceso de formación de los hijos.
. Revalorizar la consideración social y económica de los profesores, y facilitar los medios para que alcancen un alto grado de excelencia, ética y profesional.
. Reforzar la autonomía de los centros educativos, tanto públicos como privados.
. Asegurar una educación personalizada que atienda a la diversidad de los alumnos.
El derecho a elegir en las normas internacionales:
. Declaración Universal de los Derechos Humanos (proclamada por la Asamblea General de la ONU: 10-XII-1948): artículo 26.
. Proyecto de Constitución Europea: art. II.74
. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU; en vigor desde 23-III-1976): art. 18.4
. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ONU; en vigor desde 03-I-1976): art. 13.
. Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las conviccciones (resolución ONU, en 25-XI-1981): art. 1.
. Convención sobre los Derechos del Niño (resolución ONU; en vigor desde 02-IX-1990): art. 29.
. Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (resolución ONU, de 18-XII-1992): art. 4.2
. Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (ONU; adoptada el 14-XII-1960): artículos 2 y 5.
. Declaración de derechos fundamentales de la Unión Europea (proclamada el 07-XII-2000): art. 14.
Casi la mital de las niñas SENEGALESAS, de entre 7 y 12 años, no asiste a la escuela.
(Uno de "El Roto", en ´El País´)
Junto a su hijo, un adulto, de espaldas, con traje y sombrero negros:
-Algún día todo mi odio será tuyo.
-Gracias, papi.
"Me decían en el cole que con las motos no sería nada en la vida."
"Me siento tan español como el que más."
(Lorenzo, el gran piloto ESPAÑOL que, como el tenista Rafael Nadal, sufrió el divorcio o separación de sus padres)
El proceso de Bolonia en el que nuestras universidades entran de lleno en estos días pone el énfasis en el estudiante como protagonista de su aprendizaje. Pero no hay que olvidar que la clave estará en los profesores. La importancia de los docentes se refuerza cuando la información está al alcance de cualquiera. Porque sólo quien ha madurado como profesor puede orientar el aprendizaje, hasta dominar, con capacidad crítica, materias, procedimientos y hábitos de trabajo. Sin una Universidad que favorezca la calidad de sus profesores, desde la formación y selección hasta su desempeño profesional, nada cabe esperar.
(César Nombela)
ESPAÑA es el segundo país europeo con mayor número de jóvenes que ni trabajan ni estudian (conocidos como «ni-nis»). La OCDE aconseja invertir más en educación.
Los extranjeros residentes en ESPAÑA suponen el 12,3% de la población, casi el doble que la cifra conjunta de la Unión Europea (6,4%).
España es, después de Alemania (con más de siete millones de extranjeros), el país de la UE que más residentes foráneos acoge, seguido del Reino Unido, Francia e Italia.
El idioma español avanza imparable, tal y como confirma un incremento del 12 por ciento registrado en el número de matriculas para aprender esta lengua en cualquiera de los centros que el Instituto Cervantes tiene repartidos por todo el mundo.
La falta de autoridad en la escuela y en la familia conduce a ESPAÑA a su peor crisis de valores en décadas.
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